Carta de renuncia: ¿Simple o con exoneración?

Si estás por renunciar a tu trabajo o tienes pensado finalizar tu etapa laboral con la empresa en donde trabajas, es necesario que realices una carta de renuncia, y para ello lo primero es saber qué tipo realizar.

Como trabajadores muchas veces nos encontramos en la situación de renunciar a nuestro centro de trabajo por diversas razones. Pero se debe tener en cuenta 2 tipos de renuncias: La renuncia simple y la renuncia con exoneración de 30 días.

En la renuncia simple, el trabajador debe comunicar a su empleador con 30 días de anticipación y teniendo claro que esos días ejercerá su trabajo con normalidad hasta la fecha prevista.

Por otro lado, en la renuncia con exoneración, el trabajador comunica a su empleador que por distintas razones no puede esperar los 30 días que la ley menciona, en lo cual pide lo exonere de ello. Una vez presentada la carta el trabajador debe esperar 3 días hábiles, donde verá si su renuncia fue acepta o rechazada.

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