La liquidación de Beneficios Sociales es el pago debe recibir un trabajador cuando finaliza el vínculo laboral con el empleador, por despido o renuncia. En la Liquidación de Beneficios Sociales se incluyen la compensación por tiempo de servicios (CTS), gratificaciones truncas o vacaciones, entre otros.
La empresa tiene la obligación de entregar al trabajador un certificado de trabajo donde se indica el período trabajado. Además, debe añadir una constancia del fin del vínculo laboral para que el trabajador disponga de la CTS acumulada.
Se consideran conceptos truncos, aquellos beneficios que se han generado por no cumplir el plazo de la fecha que establece la ley, sino son pagados antes.
Gratificaciones Truncas
El siguiente beneficio está regulado por el artículo 5.2 del Decreto Supremo N°005-2002-TR
Las gratificaciones son un beneficio económico que se otorga a los colaboradores con motivo de las celebraciones de Navidad y Fiestas Patrias, así mismo, se da en el momento en que se finaliza el vínculo laboral y mientras exista al menos un mes de prestación de servicios por parte del trabajador.
Vacaciones Truncas
Se encuentra regulado por el artículo 22 del Decreto Legislativo N° 713.
Este beneficio se produce cuando el empleador antes de cumplir un año decide terminar la relación laboral, por lo tanto, la empresa tiene la obligación de pagarle al trabajador una subvención vacacional en relación a los meses y días laborados.
Compensación por Tiempo de Servicios
Por último, el beneficio laboral de la compensación por tiempo de servicios (CTS), regulado por el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 001-97-TR
Este beneficio debe ser pagado por el empleador dentro de los 48 días posteriores al término de la relación laboral. El monto a pagar equivale a los meses y días trabajados del semestre, se le paga al trabajador como parte de su liquidación de beneficios.
Para obtener la liquidación de Beneficios Sociales existen ciertos requisitos que el trabajador debe cumplir:
· Encontrarse en planilla.
· Debe tener un mes de vínculo laboral.
· Es necesario contar con un mes calendario de labores para el cómputo de las gratificaciones.
· Debe tener una jornada mínima de 4 horas diarias en promedios para el cálculo de la CTS.
Formato Liquidación de Beneficios Sociales
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PARA OBTENER LA PLANTILLA EDITABLE DE LIQUIDACIÓN DE BENEFICIOS SOCIALES [EXCEL]